¿Qué obligaciones tienen los notarios con el Decreto 15-2026?

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Contenido informativo, no constituye asesoría legal. Confirme su caso y la normativa vigente con su asesor y con la IVE.

Los notarios quedan comprendidos cuando autorizan las escrituras matrices descritas en el artículo 3 c), numeral 3, no por todo acto notarial. En esos supuestos les corresponde el régimen especial del artículo 42: inscripción, registro por cliente, aviso cuando se active el supuesto legal y conservación de la documentación.

Actividad comprendida y régimen aplicable

Art. 3 c), numeral 3: notarios que autorizan escrituras matrices con actos o contratos de los incisos i, ii, iii, v, vi y viii del numeral 2.

Describa el acto notarial, quién interviene y si actúa por cuenta de un cliente. Separe esa actividad de otros servicios jurídicos que preste.

Obligaciones que establece el decreto

El artículo 42 delimita el régimen especial; no se le debe trasladar sin más la lista del régimen general.

  • Inscribirse ante la SIB, a través de la IVE, y actualizar la información general cuando corresponda, en la forma y plazo reglamentarios (art. 42 a).
  • Llevar por cada cliente el registro de información y documentación mínima del artículo 42 b), incluidos fecha y servicio profesional prestado. No se reduce a guardar una copia del DPI.
  • Remitir el aviso electrónico del artículo 42 c) si se identifican incongruencias entre la información del cliente y el servicio prestado, o una transacción inusual.
  • Conservar la información y documentación de los literales b) y c) conforme al artículo 34, por remisión expresa del artículo 42 d).

El artículo 42 delimita las obligaciones del régimen especial. No se debe imponer automáticamente a estos profesionales el nombramiento institucional del artículo 16 por elegir un plan de software. La interpretación de un servicio concreto debe revisarse con su asesor.

Fundamento: Arts. 3 c), 41, 42 y 34; sanciones: arts. 65 a 70.

Plazos y registro ante la IVE

El aviso del artículo 42 c) se remite dentro de los primeros quince días hábiles del mes siguiente al que corresponde la información, si se activa su supuesto. No es un reporte mensual indiscriminado de todos los clientes. La forma y plazo de inscripción se remiten a la reglamentación; consulte el canal electrónico que determine la IVE.

El artículo 34 exige un mínimo de cinco años. Para transacciones u operaciones se cuenta desde su finalización; para los demás registros de cumplimiento, desde la finalización de la relación de negocios o la realización de la transacción ocasional. Los diez años digitales adicionales están limitados a los literales a) y b) del artículo 3, no al literal c).

Consulte la disposición y el instructivo vigentes con la IVE. El artículo 127 prevé la elaboración del reglamento, pero no prueba si se han emitido disposiciones posteriores a esta copia del decreto.

Qué pasa si no se cumple

Los artículos 65 y 66 prevén amonestación por escrito o multa de US$ 500 a US$ 300.000, o su equivalente en moneda nacional, atendiendo a la gravedad y los antecedentes. No es una multa automática ni un monto fijo por sector: se consideran las circunstancias, la conducta y el tipo de persona obligada. El artículo 67 contempla agravación en los supuestos que describe; los artículos 68 a 70 regulan procedimiento, cumplimiento de lo omitido y recursos. La clasificación y graduación se desarrollan en el reglamento.

Solicite revisión legal antes de atribuir una consecuencia a una conducta concreta. El alcance de una actividad no se determina por el plan de software contratado.

Cómo organizar el expediente

Las siguientes son recomendaciones de preparación documental, no obligaciones adicionales creadas por la plataforma.

  • Prepare una ficha del acto, sus intervinientes y la representación con la que actúan.
  • Organice las identificaciones y documentos de respaldo del acto que su revisión legal determine necesarios.
  • Documente la consulta sobre inscripción, registro por cliente, comunicaciones y conservación aplicables a ese servicio.

Otras consultas útiles

Preguntas frecuentes

¿Todo instrumento notarial activa las mismas obligaciones?
No use una lista única sin verificar su alcance. Lleve a su asesor el acto concreto y pida identificar la disposición aplicable y sus condiciones en el texto oficial.
¿Qué debo aclarar sobre el secreto profesional en la función notarial?
Pida una revisión del servicio concreto y de los límites que establece el decreto. Esta guía no extiende automáticamente al acto notarial una excepción relativa al ejercicio de la defensa.
¿Cómo confirmar el registro ante la IVE para notarios?
La inscripción se exige en el artículo 42 a) para el régimen especial, con forma y plazo reglamentarios. Consulte a la IVE sus requisitos y el canal habilitado. Contratar Observia no sustituye ese trámite ni acredita estar inscrito.
¿Qué plazos deben verificar notarios?
El aviso del artículo 42 c) se remite dentro de los primeros quince días hábiles del mes siguiente al que corresponde la información, si se activa su supuesto. No es un reporte mensual indiscriminado de todos los clientes. La forma y plazo de inscripción se remiten a la reglamentación; consulte el canal electrónico que determine la IVE. El artículo 34 exige un mínimo de cinco años. Para transacciones u operaciones se cuenta desde su finalización; para los demás registros de cumplimiento, desde la finalización de la relación de negocios o la realización de la transacción ocasional. Los diez años digitales adicionales están limitados a los literales a) y b) del artículo 3, no al literal c).
¿Qué multas del Decreto 15-2026 deben considerar notarios?
Los artículos 65 y 66 prevén amonestación por escrito o multa de US$ 500 a US$ 300.000, o su equivalente en moneda nacional, atendiendo a la gravedad y los antecedentes. No es una multa automática ni un monto fijo por sector: se consideran las circunstancias, la conducta y el tipo de persona obligada. El artículo 67 contempla agravación en los supuestos que describe; los artículos 68 a 70 regulan procedimiento, cumplimiento de lo omitido y recursos. La clasificación y graduación se desarrollan en el reglamento.
¿Cómo ayuda Observia a notarios?
Observia ayuda a organizar expedientes, documentos, revisiones y un paquete de auditoría exportable. Se contrata a través de Datascan; no presta asesoría legal, no garantiza cumplimiento ni transmite reportes a la IVE.

Fuentes oficiales y límites de esta guía

Articulado cotejado con la copia de Diario de Centro América, número 92, tomo CCCXXIX, 17 de junio de 2026, de 16 páginas. Esta revisión del decreto no confirma el estado actual de su reglamentación ni de los instructivos de la IVE: verifique las disposiciones posteriores. El Oficio SIB 12419-2026, de 14 de julio de 2026, es una referencia histórica adicional, no prueba del estado normativo actual.

Cómo ayuda Observia

Observia organiza expedientes, evidencia, revisión y paquetes de auditoría para los sujetos obligados. Se contrata a través de Datascan, Guatemala. No sustituye a su asesor, no garantiza cumplimiento y no transmite reportes a la IVE.

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