Glosario de cumplimiento antilavado
Orientación general sobre el Decreto 15-2026; no sustituye la norma ni el criterio de su asesor.
- Persona Obligada
- Persona o entidad alcanzada por el Decreto 15-2026 según su giro o la actividad concreta que realiza. Art. 3.
- Oficial de Cumplimiento
- Responsable de coordinar las medidas de prevención cuando el régimen de la organización lo exige; el Art. 42 no lo enumera para profesionales.
- Beneficiario final
- Persona individual que en última instancia posee o controla a una entidad; el decreto usa el umbral de participación igual o mayor al 15 %. Art. 2.
- PEP
- Persona Expuesta Políticamente. Su condición declarada influye en la evaluación; Observia no consulta listas externas ni la verifica automáticamente.
- Debida diligencia simplificada
- Medidas proporcionadas a un riesgo menor, sujetas a los requisitos que le corresponden a su actividad.
- Debida diligencia estándar
- Identificación y seguimiento ordinario del cliente según el riesgo y el régimen aplicable.
- Debida diligencia reforzada
- Medidas adicionales ante un riesgo mayor; la decisión y su fundamento se documentan.
- Riesgo inherente
- Exposición estimada antes de considerar las medidas de control.
- Riesgo residual
- Exposición estimada después de considerar las medidas de control.
- RTS
- Reporte de Transacción Sospechosa. El Cliente lo presenta ante la IVE por los canales oficiales; Observia no lo transmite.
- IVE
- Intendencia de Verificación Especial, de la Superintendencia de Bancos.
- SIB
- Superintendencia de Bancos de Guatemala.
- CONCLAFT
- Coordinación nacional contra el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo; consulte la norma vigente para su composición y atribuciones.
- Manual de Prevención
- Documento que describe procedimientos, responsabilidades y controles de una organización alcanzada por el régimen general.
- Artículo 34
- Regula conservación e integridad de la información; el plazo general es de cinco años y los supuestos de las literales a) y b) del Art. 3 exigen diez adicionales en digital.
- Artículo 42
- Régimen especial de cuatro obligaciones para profesionales universitarios alcanzados por actividades enumeradas.
- Segregación de funciones
- Separación de responsabilidades: quien carga evidencia no aprueba esa misma gestión.
- Huella SHA-256
- Resultado matemático que permite comprobar si un archivo cambió byte por byte.
- Paquete de auditoría
- Export con archivos, manifiesto de huellas, instrucciones de verificación y cronología del caso.